Mitma flexibiliza los tiempos de conducción y descansos para facilitar la labor de los transportistas profesionales
Mediante una resolución que da continuidad en el tiempo a la resolución anterior y que es de aplicación en todo el territorio nacional, desde el 13 de abril hasta el próximo 31 de mayo.
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) ha aprobado, a través de la Dirección General de Transporte Terrestre, una nueva resolución, publicada hoy en el BOE, dando así continuidad en el tiempo a la resolución anterior de flexibilización de los tiempos de conducción y descanso de los transportistas que, además, permite la posibilidad de realizar el descanso semanal normal en el vehículo.
En este caso, al superar ya los 30 días el periodo total de flexibilizaciones, se ha solicitado la preceptiva autorización de la Comisión Europea ajustándose a sus directrices.
Esta nueva resolución es de aplicación en todo el territorio nacional, desde el 13 de abril hasta el próximo 31 de mayo. Las exenciones aprobadas son:
A) Para los conductores que realicen operaciones de transporte de mercancías:
1. Se exceptúan los límites a la conducción diaria, permitiendo extender la duración del período de conducción diaria en dos horas,es decir, se suspende el límite de 9 horas y de 10 horas dos veces a la semana.
2. Posibilidad de tomar dos descansos semanales reducidos consecutivos, de al menos de 24 horas, sin necesidad de
compensación, siempre que el conductor tome al menos 4 períodos de descanso semanales en 4 semanas consecutivas, de los cuales al menos dos tendrán que ser períodos de descanso semanales
normales.
3. Reducir los requisitos del descanso diario de 11 horas por uno de 9 horas.
4. Se permite que el conductor tome su descanso semanal normal en el vehículo, siempre y cuando el vehículo vaya adecuadamente equipado para el descanso de cada uno de los conductores y esté estacionado.
B) Para los conductores de transporte discrecional de viajeros que desarrollen su actividad en el sector agrícola, se exceptúa el cumplimiento del descanso diario reduciéndolo de 11 a 9 horas, cuando el trayecto del servicio de que se trate no supere los 50 kilómetros, en todo el territorio nacional.
Labor esencial del transporte contra el COVID-19
Tras la declaración del estado de alarma en todo el territorio nacional, con el fin de afrontar la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, el sector del transporte de mercancías se ha convertido en un sector de vital importancia, realizando una labor esencial todos los días para garantizar el abastecimiento de nuestros ciudadanos y de nuestro sistema productivo en general.
En este contexto, y después de la extensión del estado de alarma, resulta necesario continuar con unas condiciones del trabajo flexibles de los conductores, facilitando el transporte y reduciendo al mismo tiempo el
riesgo de su salud.
Además, la reducción de la ocupación de los vehículos de transporte de viajeros a un tercio de su capacidad para procurar el máximo distanciamiento posible entre las personas, ha dificultado el desplazamiento de trabajadores dedicados al sector agrícola, lo que puede afectar a la recolección y al posterior abastecimiento de productos básicos
de alimentación.