Seis meses de cárcel por tener camareras sin dar de alta y con casi 12 horas de jornada laboral

La Sección Segunda de la Audiencia de Jaén ha condenado a seis meses de cárcel y al pago de una multa de 540 euros al dueño de un pub de Jaén que no dio de alta en la Seguridad Social a sus camareras, a las que imponía jornadas laborales de once horas y media y a las que pagaba por día.

EuropaPress-. La condena por un delito contra los derechos de los trabajadores se ha cerrado después de que el acusado haya reconocido su culpabilidad y el Ministerio Fiscal haya rebajado de dos años a seis meses de cárcel su petición de pena, al tiempo que la multa ha pasado de los 1.620 euros que solicitaba inicialmente Fiscalía a 540 euros.

El abogado de la Tesorería General de la Seguridad Social también se ha mostrado de acuerdo con una condena por conformidad que incluye también en concepto de responsabilidad civil la indemnización a las arcas de este organismo de 48.316 euros. El escrito de acusación provisional de Fiscalía que se ha elevado a hechos probados remonta lo ya sentenciado a enero de 2013 cuando el acusado, J.A.O.V., de 65 años, regentaba un pub en el Polígono de Los Olivares, en Jaén capital.

El Ministerio Fiscal recoge que “actuando con la intención de perjudicar a los trabajadores y de infringir la normativa laboral, dio ocupación de manera simultánea varias camareras, las cuales debían someterse al régimen laboral impuesto por el referido acusado, desde las 15,00 hasta las 2,30 horas, pagándoles al finalizar la jornada en metálico”.

De esta forma, tras girar varias visitas por parte del subinspector de Empleo y Seguridad Social, se pudo comprobar que, al menos, desde el día 23 d enero de 2013 se encontraban trabajando como camareras tres mujeres a las que el acusado no había dado de alta por lo que “se procedió a realizarlo de oficio por la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social”. En noviembre de 2014 pasó lo mismo con otras dos trabajadoras y en febrero de 2015 con otras dos empleadas.

En estos casos, igual que en el primero, se procedió a realizar el alta de oficio. Por su parte, el abogado defensor, Ramón Porras, ha apuntado en declaraciones a los medios que su cliente es una persona “totalmente analfabeta” y que aunque “tiene alguna suerte de participación” en los hechos ya sentenciados, “no es el único responsable ni el que se ha beneficiado”, a pesar de haber sido el único acusado de la causa.

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