200.000 € EN SUBVENCIONES PARA PYMES Y AUTÓNOMOS DE BAILÉN PARA PALIAR EL IMPACTO DEL COVID 19

 

Tras la publicación realizada hoy en el BOE, a partir de mañana pueden comenzar a solicitarse las ayudas

El BOP de Jaén ha publicado esta mañana el extracto de la convocatoria para la concesión de subvenciones para paliar el impacto ocasionado por el COVID 19 sobre PYMES y Autónomos del municipio de Bailén afectados por el cierre obligatorio de sus actividades y/o por la disminución de su actividad económica en el período 2020.

Una vez cumplimentado el trámite de publicación, a partir de mañana mismo se pueden comenzar a presentar las solicitudes para subvencionar hasta el 50%, y con un máximo de 800 euros por cada domicilio social, los gastos correspondientes a los meses en que la actividad económica haya sido afectada por la crisis originada por el COVID 19.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, que estuviesen dadas de alta como autónomos a día 1 de marzo y mantenga dicha situación a la fecha de publicación de las bases. También pueden acceder a las ayudas pequeñas empresas del municipio.

Los solicitantes deben tener domicilio fiscal en Bailén y tener el CNAE de actividades que han sido obligadas al cierre durante el Estado de Alarma o que han registrado un descenso en sus facturación igual o superior al 50%.

Además deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. A ello deben unir una declaración responsable de mantener la actividad y los puestos de trabajo durante todo el ejercicio 2020.

Serán acciones subvencionables los gastos corrientes que sean referidos al centro de trabajo ubicado en Bailén, como el alquiler o hipoteca mensual del inmueble; gastos derivados de contratos de suministros de energía, agua y basura, teléfono o internet y publicidad, así como gastos financieros y de asesoría. Los gastos corrientes subvencionables deberán haberse realizado desde el 1 de marzo al 30 de junio de 2020, ambos inclusive. No serán subvencionables los impuestos.

El importe de la subvención no podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de las acciones subvencionables.

En cuanto a los recursos que el Ayuntamiento destina a esta convocatoria, ascienden a 200.000 euros, aunque no se descarta la posibilidad de incrementar dicha cantidad, mediante la correspondiente modificación de crédito, si fuese necesario.

Para la solicitud de estas subvenciones se presentará solicitud conforme al modelo que figura en la convocatoria, adjuntando la documentación correspondiente, que serán presentadas de forma preferente a través de la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Bailén.

El plazo de presentación de solicitudes y documentación será de 15 días a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOP.

Para tener acceso a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP se puede realizar a través del siguiente enlace:

https://bop.dipujaen.es/descargarws.dip?fechaBoletin=2020-10-28&numeroEdicto=4168&ejercicioBop=2020&tipo=bop&anioExpedienteEdicto=2020

y en este de la convocatoria al completo:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/529467

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